10.25.2015

Psicología Forense/Judicial/Criminalística



  Bienvenidos nuevamente a este su espacio, hoy abordaremos otras de las ramas de la Psicología que nos competen, como es costumbre primeramente tenemos que conocer lo que es la Psicología y lo que ella implica,  posteriormente enfocarnos en los términos Forense  que viene de la palabra Fórum, Foro; Judicial que pertenece al juicio y Criminalística que viene de la palabra Criminal.
   
    Es importante recalcar que aunque en este apartado abordaremos estos derivados de la Psicología, no son lo mismo, sin embargo van tomadas de la mano,  la explicación para revisarlos en conjunto es debido a la confusión que producen para diferenciarlos.

  Partiremos de la Psicología Criminal...
ya que podemos tratarlo como un derivado de la Psicología Forense y tiene su importancia enfocándose en los ¿Por qué? y ¿los cómo? del crimen, del comportamiento criminal. Una vez explicado lo anterior proseguiremos con la Psicología Forense.
    
   La Psicología Forense considera dentro de sus ámbitos para trabajar, el comportamiento que envuelve aspectos decisivos en el trabajo que realiza, considera ámbitos dentro de la Psicología Clínica, laboral, escolar, social de  las que a su vez parte también, envuelve lo referente a penitencial, policial, datos referentes al lugar donde se encuentre la o las personas implicadas.

    ¿Qué hace un Psicólogo en esta rama de la Psicología? Su labor es asesorar a los jueces para que su decisión en un juicio tenga más fundamentos, no es lo que determinara la decisión pero si es un elemento clave para ello, tiene varias especialidades entre ellas el área penal, familia, adopciones, visitas entre otras, que en otro apartado abordaremos.
  Una parte importante y rescatante es que a diferencia de las otras Ramas de la Psicología, el cliente del Psicólogo no es el paciente sino el juez a quien daremos cuenta con nuestra investigación y como toda investigación parte desde una pregunta, pregunta que es judicial en este caso, una evaluación, diagnostico hasta el diseño e intervención, sin embargo en cuestión de la intervención el Psicólogo Forense no ofrece proceso terapéutico. Se ofrece únicamente un pronóstico sobre la situación.

  Otra de las diferencias con las demás Ramas de la Psicología es que si bien está amparada por los derechos humanos y esto indica proporcionar un encuadre a la persona sobre sus derechos, así mismo  dar el consentimiento para ser evaluada, no todo queda bajo confidencialidad, es decir, tenemos que dar cuenta a nuestro cliente, al juez, con aquellos aspectos que consideremos más importantes en la toma de decisión legal para hacerlos públicos en la audiencia si asi se requiere.
    ¿Cuál es el periodo de validez de dicho informe al juez? El periodo de validez es de 6 meses o bien antes si existe alguna situación referente a la movilización de emociones durante la evaluación,  como lo es  una muerte o bien otros  que afecten a la persona, en este caso se hace una actualización.
    
   Es con la pregunta judicial, el dar cuentas ante el tribunal, considerar leyes, derechos humanos, proceso penal, aspectos que  hacen que el Psicólogo Forense no delimite allí su trabajo si así lo considera y puede extenderse su campo a la Psicología Forense Jurídica exponiendo como ya se mencionó ante el tribunal y rindiendo cuentas ante el juez..
  Por ultimo en las 3, no dejamos de lado los Procesos Psicológicos ya sea cognitivos, emocionales, conductuales etc. etc. 
   
   Si tienes alguna duda, comentario y quiero retroalimentarnos no dudes en contactarnos. Si requieres consultar bibliografia consulta los siguientes links Recomendaciones en Psicologia Forense y Juridica, Recomendaciones en Psicologia Criminal.




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2 comentarios:

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